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Procurador en Alcalá la Real

Representación procesal en el partido judicial de Alcalá la Real (Jaén) con un procurador asignado y el circuito de ZAR: presentación, notificaciones, señalamientos y plazos. Para despachos de abogados y operadores con volumen, desde un asunto puntual.

Cuéntanos tu caso

Órganos judiciales del partido de Alcalá la Real

El partido judicial de Alcalá la Real cuenta con 2 secciones del Tribunal de Instancia (Civil y de Instrucción) (desde la Ley Orgánica 1/2025, los antiguos juzgados se integran como secciones de un único Tribunal de Instancia por partido). Los recursos de apelación se resuelven en la Audiencia Provincial de Jaén y, en su caso, en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Órgano judicialSedeTeléfono
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Alcalá la Real. Plaza nº 1C/ Antonio Machado, s/n, 23680 Alcalá la Real
Cómo llegar
953 10 21 68 · 953 10 21 69
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Alcalá la Real. Plaza nº 2C/ Antonio Machado, s/n, 23680 Alcalá la Real
Cómo llegar
953 10 21 74 · 953 10 21 76

Fuente: Consejo General del Poder Judicial, Directorio de Órganos Judiciales (datos consultados el 30/10/2026). Demarcación: Nomenclátor de Partidos Judiciales del Ministerio de Justicia (30/12/2025) y Ley 38/1988, de Demarcación y de Planta Judicial, con sus modificaciones.

Municipios del partido judicial de Alcalá la Real

Si tu asunto se tramita en un juzgado de cualquiera de estos municipios, el partido judicial competente es Alcalá la Real (4 municipios):

Alcalá la RealAlcaudeteCastillo de LocubínFrailes

Relación de términos municipales según el Nomenclátor de Partidos Judiciales del Ministerio de Justicia (30/12/2025), contrastada con la Ley 38/1988 y sus modificaciones; denominaciones oficiales del INE (2025).

Cómo trabaja ZAR en Alcalá la Real

Un procurador asignado

Firma y responde de tu asunto; un equipo organizado por fases lo tramita: demandas y escritos, notificaciones, señalamientos y plazos.

Presentación y personación

Por LexNET en cuanto recibimos la documentación y el poder. Vistas, comparecencias y gestiones presenciales en la sede judicial, con informe escrito el mismo día.

Plazos y portal del cliente

Alertas anticipadas y cada hito, fecha y documento del expediente en el portal del cliente. Solo procura: la dirección letrada y la relación con tu cliente son siempre tuyas.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el procurador en Alcalá la Real?

En los juicios verbales por cuantía superior a 2.000 € y en todos los ordinarios es preceptivo (art. 23 LEC), así como en la mayoría de ejecuciones y en los recursos. En el resto es opcional, pero quien lo encarga suele hacerlo para no desplazarse a la sede judicial de Alcalá la Real y tener los plazos controlados.

¿Cómo os apoderamos?

Por apoderamiento apud acta electrónico en la Sede Judicial Electrónica (sin coste y en minutos) o mediante poder notarial. Te indicamos los datos exactos de los dos procuradores titulares para el poder.

¿Lleváis asuntos sueltos en Alcalá la Real o solo carteras?

Las dos cosas. Un despacho con un único asunto en Alcalá la Real recibe el mismo circuito que una cartera: procurador asignado, alertas de plazo y portal del cliente.

¿Tienes un asunto en Alcalá la Real?

Cuéntanos de qué se trata y en qué fase está. Te decimos cómo lo tramitamos y qué necesitamos para personarnos.

Cuéntanos tu caso

O escríbenos a procesal@procuradornacional.es